Articulo 78 Organización y Funcionamiento de la Cámara de Cuentas de Andalucía
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»Artículo 78.
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1. El personal eventual desempeña puestos expresamente calificados como de confianza o asesoramiento especial de la persona titular de la Presidencia o de los restantes Consejeros. El personal eventual es nombrado y separado libremente por la persona titular de la Presidencia o por los Consejeros, debiendo cesar al hacerlo quien hubiera efectuado su nombramiento.
2. En el supuesto de que un funcionario sea nombrado para un puesto de personal eventual será declarado en la situación administrativa de servicios especiales.
