Articulo 78 Patrimonio de C. Valenciana
Ver Indice
»Artículo 78. Efectos y extinción.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los efectos y extinción del arrendamiento o de cualquier forma de cesión de uso de los bienes patrimoniales se regirán por las normas de derecho privado que le sean de aplicación según su naturaleza.
