Articulo 78 Plan de acción territorial de ordenación y dinamización de la Huerta de València
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»Artículo 78. Señalización
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1. La conselleria competente en agricultura y desarrollo rural realizará un plan de señalización de las principales infraestructuras y elementos de la Huerta de València.
2. La señalización tendrá un diseño uniforme e informará sobre el espacio de Huerta que se atraviesa o elementos que en ella se encuentran. A estos efectos se indicarán el nombre de la vía, la descripción de los elementos de referencia, los hitos kilométricos y distancias a otros lugares próximos, entre otros.
Modificaciones
- Artículo modificado (78 (apdo. 1)) por DECRETO LEY 4/2025, de 4 de febrero, del Consell, de modificación de la Ley 5/2018, de 6 de marzo, de la Generalitat, de la Huerta de València, y del Decreto 219/2018, de 30 de noviembre, del Consell, por el que se aprueba el Plan de acción territorial de ordenación y dinamización de la Huerta de València.
(GV de 05-02-2025) en vigor desde 06-02-2025
