Articulo 78 Prevención y ...xtremadura

Articulo 78 Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales en Extremadura

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Artículo 78. Infracciones leves.

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1. Constituyen infracción leve las conductas tipificadas en el artículo 74 de la presente Ley, cuando los hechos constitutivos de la infracción no hayan causado daños o cuando originen incendios forestales que afecten a una superficie cuyo plazo de reparación o restauración no exceda a seis meses.

2. La infracción tipificada en el artículo 74 punto h de la presente Ley.