Articulo 78 Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de Madrid -Derogado-
Artículo 78. Cursos de formación en procesos selectivos de promoción interna.
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1. Los Cursos Selectivos de Formación exigidos para ascenso a las diferentes categorías por promoción interna se realizarán en la Academia Regional de Estudios de Seguridad de la Comunidad de Madrid.
2. No obstante lo dispuesto en el punto anterior, la Academia Regional de Estudios de Seguridad podrá homologar, teniendo en cuenta los diferentes contenidos formativos y la cualificación de su profesorado, cursos de formación de ascenso o promoción para las diferentes categorías.
Una vez obtenida la homologación a que se refiere el párrafo anterior, los Municipios que posean Centros de Formación de Policías Locales podrán realizar cursos de formación de ascenso o promoción para las diferentes categorías.
3. Todos los Cursos Selectivos de Formación exigidos para ascenso a las diferentes categorías por promoción interna tendrán una duración no inferior a tres meses.
