Articulo 78 Uso estratégico de la contratación pública
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Artículo 78. Instrumentos electrónicos de apoyo a la contratación pública.

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1. Son instrumentos electrónicos de apoyo a la contratación pública todas aquellas herramientas que sirven a la gestión y tramitación de procedimientos de contratación pública y, en particular, la Plataforma de Contratación del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Aragón, el Registro de Contratos de la Comunidad Autónoma de Aragón, el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Aragón, el Catálogo de Contratación Centralizada y la herramienta de subasta electrónica.

2. El diseño de los instrumentos de contratación pública electrónica de Aragón garantizará la compatibilidad e interoperabilidad entre ellos.

3. Con carácter general, los instrumentos de contratación pública electrónica de Aragón utilizarán las herramientas corporativas de administración electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y, en todo caso, se integrarán con el gestor documental y con la plataforma de gobernanza de datos.

4. Todos estos instrumentos estarán adscritos al departamento competente en materia de contratación pública, bajo la dependencia orgánica y funcional de la dirección general correspondiente.

5. Corresponde al titular del departamento competente en materia de contratación pública la articulación funcional y la coordinación de la implantación de los instrumentos electrónicos de apoyo a la contratación pública en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, el mantenimiento y desarrollo de las aplicaciones informáticas, así como proponer al Gobierno de Aragón la organización y el régimen de funcionamiento de todas ellas.

6. Corresponde a la dirección general competente en materia de contratación pública el tratamiento y análisis de datos extraídos de los instrumentos electrónicos de apoyo a la contratación pública, con el fin de elaborar propuestas de regulación que redunden en la mejora de la transparencia, agilidad y calidad de la contratación pública. Estos datos se pondrán a disposición de la plataforma de gobernanza de datos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-04-2023 en vigor desde 17-05-2023