Articulo 79 Función Pública de Cantabria

Articulo 79 Función Pública de Cantabria

Ver Indice
»

Artículo 79.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Para la graduación de las faltas e imposición de sanciones a los que se refiere este capítulo se atenderá a las circunstancias objetivas y subjetivas que permitan valorar el resultado lesivo producido y las modificativas de responsabilidad establecidas en la legislación del Estado.