Artículo 79. Ley 11/2026, de 9 de julio, Cataluña, Medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público
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»Artículo 79. Modificación de la Ley 32/2010, de la Autoridad Catalana de Protección de Datos.
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Se modifica el apartado 3 del artículo 28 de la Ley 32/2010, de 1 de octubre, de la Autoridad Catalana de Protección de Datos, que queda redactado del siguiente modo:
«3. La Autoridad Catalana de Protección de Datos debe elaborar anualmente el anteproyecto de presupuesto de ingresos y de gastos, de acuerdo con las normas que dicte el departamento competente en materia de economía y finanzas para elaborar los presupuestos de la Generalidad, y debe remitirlo al departamento con el que se relaciona para que el Gobierno lo integre en los presupuestos de la Generalidad.»
