Articulo 79 Promoción de la actividad económica
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»Artículo 79. Adición de la subsección segunda en la sección primera del capítulo III del título III de la Ley 13/2002
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La sección segunda del capítulo III del título III pasa a ser la subsección segunda dentro de la sección primera de este capítulo de la Ley 13/2002. Dicha subsección comprende los artículos 40, 41 y 42 y lleva la siguiente rúbrica:
"Subsección segunda. Establecimientos hoteleros"
