Articulo 79 Reglamento de...de Navarra

Articulo 79 Reglamento de Espectáculos Taurinos de Navarra

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Artículo 79. Trofeos.

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1. Los trofeos para los espadas consistirán en el saludo desde el tercio, la vuelta al ruedo, la concesión de una o dos orejas del toro que haya lidiado y la salida a hombros por la puerta principal de la plaza. Únicamente, de un modo excepcional a juicio de la Presidencia, podrá esta conceder el corte del rabo de la res.

2. Los trofeos serán concedidos de la siguiente forma: los saludos y la vuelta al ruedo los realizara el espada atendiendo, por sí mismo, a los deseos del público que así lo manifieste con sus aplausos. La concesión de una oreja se realizara por el Presidente a petición mayoritaria del público; la segunda oreja de una misma res será de la exclusiva competencia del Presidente, que tendrá en cuenta la petición del público, las condiciones de la res, la buena dirección de lidia en todos sus tercios, la faena realizada tanto con el capote como con la muleta y, fundamentalmente, la estocada.

El corte de apéndices se llevara a efecto en presencia de un alguacilillo que será, a su vez, el encargado de entregarlos al espada. (NOTA: Párrafo suspendido de aplicación)

La salida a hombros por la puerta principal de la plaza solo se permitirá cuando el espada haya obtenido el trofeo de dos orejas como mínimo, durante la lidia de sus toros.

3. El Presidente, a petición mayoritaria del público, podrá ordenar, mediante la exhibición del pañuelo azul, la vuelta al ruedo de la res que por su excepcional bravura durante la lidia se merecedora de ello.

El saludo o vuelta al ruedo del ganadero o mayoral podrá hacerlo por sí mismo, cuando el público lo reclame mayoritariamente.