Articulo 79 Texto Revisado del Reglamento de Aparatos Elevadores
Artículo 79.
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Copiloto jurídico
I. El guiado del camarín y del contrapeso ha de realizarse mediante guías metálicas y rígidas.
Para las guías del camarín se emplearán los perfiles normales de las acerías, los redondos de acero calibrado macizo o las guías en T macizas y especiales para ascensores.
II. Pueden igualmente ser utilizados para el guiado de los contrapesos cables-guía con las siguientes limitaciones:
| Altura máxima del recinto | 25 m |
| Velocidad máxima | 1m/s |
| Carga nominal (útil ) máxima | 500 kg. |
| Diámetro mínimo de los cables- guías | 8 mm. |
| Carga mínima de rotura de los cables- guías | 70 kg/mm2 |
| Número mínimo de los cables-guías. | 2 |
III. Cuando el guiado del contrapeso quede asegurado por cables-guías, la instalación ha de realizarse de forma que se evite cualquier contacto entre el contrapeso por una parte y el recinto por otra.
Cada cable- guía debe mantenerse tensado.
