Articulo 79 TR de la Ley de Subvenciones
Articulo 79 TR de la Ley de Subvenciones

Articulo 79 TR. de la Ley de Subvenciones

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 79. Extinción de la responsabilidad derivada de la comisión de infracciones.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La responsabilidad derivada de las infracciones se extingue por el pago o cumplimiento de la sanción o por prescripción o por fallecimiento.