Articulo 8 16 Ley 20/2017, de 28 de diciembre, C.Valenciana, Tasas
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»Artículo 8. 1-6. Cuota líquida
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La cuota líquida será el resultado de aplicar sobre la cuota íntegra una bonificación del cincuenta por ciento de la cuota íntegra, siempre que los contribuyentes sean miembros de una familia numerosa de categoría general o de una familia monoparental de categoría general.
