Articulo 8 64 DLeg. 3/2008, de 25 de junio, Cataluña, TR. Ley de tasas y precios públicos
Artículo 8. 6-4. Cuota.
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El importe de la cuota corresponde a los siguientes conceptos:
1. Fotocopias en blanco y negro: 0,10 euros.
2. Impresiones de imágenes digitales
2.1. A 300 puntos por pulgada (ppp), en papel fotográfico digital, en blanco y negro o en color:
Tamaño DIN A4: 9,90 euros.
Tamaño DIN A3: 11,55 euros.
2.2. A 150 puntos por pulgada (ppp) o 72 puntos por pulgada (ppp), en papel normal, en blanco y negro o en color:
Tamaño DIN A4: 0,25 euros.
Tamaño DIN A3: 0,65 euros.
Tamaño DIN A2: 2,05 euros.
Tamaño DIN A1: 4 euros.
Tamaño DIN A0: 6,55 euros.
3. Digitalización
3.1. Digitalización en blanco y negro o en color enviada por Internet
1 imagen a 300 ppp: 2 euros.
3.2. Digitalización en blanco y negro o color enviada por Internet
1 imagen a 150 o 72 ppp (JPEG o PDF): 0,15 euros.
4. Reproducciones de documentos audiovisuales enviadas por Internet.
Por un minuto seleccionado: 2,35 euros.
Duplicación, por cada 30 minutos: 14,60 euros.
5. Reproducciones de grabaciones sonoras enviadas por Internet
Por un minuto seleccionado: 1,10 euros.
Duplicación, por cada 30 minutos: 8,80 euros.
6. Tarifas para usos comerciales de las reproducciones
En caso de que el usuario o usuaria destine las reproducciones de documentos a un uso comercial, debe pagar al archivo correspondiente, además de las tarifas de reproducción, las establecidas por este apartado, si es titular de los derechos de explotación. Si el contrato de cesión de derechos de explotación al archivo correspondiente establece alguna remuneración para el autor o autora del documento, el usuario o usuaria debe satisfacer esta remuneración directamente al autor o autora.
6.1. Fotografía, documentación textual y documentación gráfica
Uso editorial y exposiciones: 31,90 euros.
Páginas web: 31,90 euros.
Producciones audiovisuales: 47,80 euros.
Uso publicitario: 159,20 euros.
6.2. Imagen móvil, audiovisual
Uso editorial y exposiciones: 63,70 euros/minuto.
Páginas web: 63,70 euros/minuto.
Producciones audiovisuales: 79,65 euros/minuto.
Uso publicitario: 159,20 euros/minuto.
6.3. Sonido
Uso editorial y exposiciones: 31,90 euros/minuto.
Páginas web: 31,90 euros/minuto.
Producciones audiovisuales: 47,80 euros/minuto.
Uso publicitario: 79,65 euros/minuto.
A las entidades sin ánimo de lucro se les aplica una bonificación del 25% en las tasas para usos comerciales. A los medios públicos de comunicación se les aplica una bonificación del 50% en las tasas para usos comerciales si la finalidad del uso de las reproducciones solicitadas es la difusión y divulgación de los fondos y las actividades relacionadas con el Archivo Nacional de Cataluña.
7. Gastos por envío de material
A petición del usuario o la usuaria, se envían las reproducciones por correo con acuse de recibo. En este supuesto, el usuario o la usuaria debe abonar los gastos de envío de acuerdo con las tarifas postales vigentes.
- Modificación realizada (apdo. 6) por Ley 11/2026, de 9 de julio, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público (GC de 13-07-2026) en vigor desde 14-07-2026
- Modificación realizada (8.6-4) por LEY 5/2020, de 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente.
(GC de 30-04-2020) en vigor desde 01-05-2020 - Modificación realizada (8. 6-4 (apdos. 1 y 4)) por LEY 5/2017, de 28 de marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono.
(GC de 30-03-2017) en vigor desde 31-03-2017 - Artículo modificado por LEY 7/2011, de 27 de julio, de medidas fiscales y financieras.
(GC de 29-07-2011) en vigor desde 30-07-2011
