Articulo 8 73 DLeg 3/20...s públicos

Articulo 8 73 DLeg. 3/2008, de 25 de junio, Cataluña, TR. Ley de tasas y precios públicos

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Artículo 8. 7-3. Devengo.

Vigente

La tasa se devenga en el momento que se autoriza la utilización del espacio correspondiente, pero el pago de la cuota se puede diferir al momento de la utilización efectiva.