Artículo 8 8 Reglamento de provisión de puestos de trabajo en las Administraciones públicas de Navarra
Artículo 8
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1. Los puestos de trabajo que no constituyan jefatura o dirección de unidad orgánica ni impliquen ascenso de categoría dentro de un determinado nivel se proveerán mediante concurso de traslado en el que podrán participar los funcionarios a que se refieren los artículos 5 y 6 de este Reglamento, cualquiera que sea su situación administrativa.
2. Los funcionarios en situación de excedencia forzosa o voluntaria sin reserva de plaza que participen en los concursos de traslado, siempre que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria, obtendrán de esa forma el reingreso al servicio activo y la adjudicación de una plaza.
3. En el ámbito de la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos autónomos, el concurso de traslado será el procedimiento de movilidad voluntaria aplicable en los siguientes supuestos:
a) Entre diferentes Direcciones Generales, organismos autónomos o unidades orgánicas inferiores no encuadradas en una Dirección General.
b) Entre plazas pertenecientes a un mismo ámbito orgánico de adscripción del personal, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 bis del presente Decreto Foral, cuando las mismas estén radicadas en municipios diferentes.
c) Entre los distintos centros dependientes de un mismo ámbito orgánico de adscripción del personal, aun cuando los mismos estén ubicados en la misma localidad. A estos efectos, se consideran centros los asistenciales de la Agencia Navarra para la Autonomía y Desarrollo de las Personas, los centros educativos del Departamento de Educación, las agencias de empleo del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, los centros del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, la Biblioteca de Navarra y las bibliotecas pertenecientes a la Red de Bibliotecas Públicas de Navarra en las que preste servicio el personal adscrito al departamento competente en materia de cultura.
d) Entre plazas de jornada ordinaria o completa y plazas a tiempo parcial.
- Modificación realizada (8 (apdo. 3.c)) por DECRETO FORAL 19/2019, de 6 de marzo, por el que se modifica el Decreto Foral 215/1985, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra.
(NA de 26-03-2019) en vigor desde 27-03-2019 - Modificación realizada (8) por DECRETO FORAL 59/2005, de 14 de marzo, por el que se modifica el Reglamento de Provision de puestos de trabajo en las Administraciones Publicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral215/1985, de 6 de noviembre.
(NA de 01-04-2005) en vigor desde 02-04-2005 - Modificación realizada (8 (apdo. 2, se suprime)) por DECRETO FORAL 283/2000, de 31 de julio, por el que se modifican los artículos 8 y 36 del Reglamento de provisión de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra.
(NA de 15-09-2000) en vigor desde 16-09-2000 - Artículo modificado (8) por DECRETO FORAL 186/1998, de 15 de junio, por el que se modifica el Reglamento de provisión de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra.
(NA de 03-07-1998) en vigor desde 04-07-1998
