Articulo 8 Actividad físi...e Canarias

Articulo 8 Actividad física y deporte de Canarias

  • Hay que tener en cuenta que las secciones 3ª y 4ª, del Capítulo II del Título VI entrarán en vigor el 8 de febrero de 2020.
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Artículo 8. Planificación de la política deportiva.

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El Gobierno de Canarias marcará las directrices generales de la política deportiva de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, teniendo en cuenta las necesidades y medios de cada isla.