Articulo 8 Actividades de formación para el personal de la Administración local
Octava. Superación de la actividad formativa
Para poder superar las actividades formativas, será necesario cumplir los siguientes requisitos:
a) Para las actividades presenciales y telepresenciales: cumplir con el porcentaje de asistencia indicada en el punto 3.1, apartado c), y superar una prueba de evaluación que se realizará al final de las mismas. Para las actividades telepresenciales, la prueba será en línea.
b) Para las actividades de teleformación:
- La adecuada realización de todas las actividades que el/la tutor/a proponga. Estas deben constar debidamente presentadas en los plazos estipulados en la programación didáctica del curso. La no superación de las actividades obligatorias supondrá la pérdida automática del derecho a participar en el examen final en línea.
- La superación de una prueba de evaluación final.
Al inicio de la actividad formativa se publicará el correspondiente programa en la plataforma de teleformación y se indicarán las pruebas de evaluación previstas, así como las fechas en que estas tendrán lugar. En estas actividades las pruebas de evaluación finales serán en línea. La EGAP informará, a través de su página web y también a través de la plataforma de teleformación, de las fechas concretas y de las horas de la prueba final.