Artículo 8 se adoptan med... urbanismo

Artículo 8 se adoptan medidas urgentes en materia de vivienda y urbanismo

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Artículo 8. Modificación del Decreto ley 17/2019, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda

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1. Se modifica el apartado 1 de la disposición transitoria quinta bis del Decreto ley 17/2019, de 23 de diciembre, añadida por el Decreto ley 50/2020, de 9 de diciembre, que queda redactada de la manera siguiente:

«Quinta bis

»Precios máximos de venta y de rentas de acuerdo con el régimen anterior

»1. Cuando, de conformidad con la disposición transitoria quinta, es aplicable el sistema de determinación de los precios máximos de venta y de rentas de acuerdo con el régimen anterior, las viviendas con protección oficial se sujetan a los precios y a las rentas máximos por metro cuadrado de superficie útil siguientes:

Régimen

Venta (€/m2)

Alquiler/cesión de uso (€/m2)

Vivienda

Anexos

Vivienda

Anexos

Régimen general

2.836,59

1.418,29

10,65

5,33

Régimen especial

2.493,10

1.246,55

9,35

4,67

Precio concertado

3.001,68

1.200,67

10,65

4,26