Artículo 8 se adoptan medidas urgentes en materia de vivienda y urbanismo
Artículo 8. Modificación del Decreto ley 17/2019, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda
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1. Se modifica el apartado 1 de la disposición transitoria quinta bis del Decreto ley 17/2019, de 23 de diciembre, añadida por el Decreto ley 50/2020, de 9 de diciembre, que queda redactada de la manera siguiente:
«Quinta bis
»Precios máximos de venta y de rentas de acuerdo con el régimen anterior
»1. Cuando, de conformidad con la disposición transitoria quinta, es aplicable el sistema de determinación de los precios máximos de venta y de rentas de acuerdo con el régimen anterior, las viviendas con protección oficial se sujetan a los precios y a las rentas máximos por metro cuadrado de superficie útil siguientes:
| Régimen | Venta (€/m2) | Alquiler/cesión de uso (€/m2) | ||
| Vivienda | Anexos | Vivienda | Anexos | |
| Régimen general | 2.836,59 | 1.418,29 | 10,65 | 5,33 |
| Régimen especial | 2.493,10 | 1.246,55 | 9,35 | 4,67 |
| Precio concertado | 3.001,68 | 1.200,67 | 10,65 | 4,26 |
