Articulo 8 se aprueba el texto consolidado del Decreto sobre contratación de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Ver Indice
»Artículo 8. Contratación de bienes y servicios informáticos
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La adquisición de bienes informáticos, los contratos de arrendamiento y los contratos de mantenimiento que efectúen las distintas consejerías deberán obtener el informe previo y favorable de las comisiones de informática creadas por el Decreto 136/1995, de 12 de diciembre (BOCAIB n.º 160, de 26 de diciembre), o el que se establezca por las normas que lo sustituyan.
