Artículo 8 se aprueban los programas funcionales, estándares y condiciones técnicas de las instalaciones de las bibliotecas integrantes de la Red de Servicios Públicos de Lectura de la Comunidad de Madrid
Artículo 8. Condiciones técnicas y estándares cualitativos de seguridad en la aplicación de los programas funcionales del anexo segundo
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1. Se tendrán en cuenta las cargas de las áreas funcionales, observando el Código Técnico de la Edificación. Estas cargas son: 800 kg/m2 en zonas de almacenamiento convencional, llegando a los 1.500 kg/m2 en depósitos con compactos; 5 kN/m2 en zonas públicas muy frecuentadas acceso, exposiciones, salas de reunión o eventos; 4 kN/m2 en zonas de asientos fijos como auditorios, salón de actos y espacios similares; 3 kN/m2 en áreas con sillas y mesas como salas de lectura o de formación. Se procurará que todo edificio pueda soportar cargas de almacenamiento para favorecer la flexibilidad de los espacios y cambios en la distribución.
2. Se contemplarán elementos de seguridad como: arcos anti hurto, sistema general de alarma, prevención de incendios, instalación eléctrica, dispositivos de video vigilancia, control de aforo, protección y control de ventanas y cualesquiera elementos de seguridad que establezca la normativa vigente. La aplicación del programa funcional incluirá la sectorización, salidas de emergencia y plan de autoprotección del edificio. Especial atención tendrán las zonas destinadas a bebeteca y área infantil, evitando aristas, conexiones eléctricas y elementos de riesgo.
