Articulo 8 Autorización ambiental unificada
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»Artículo 8. Actividades sometidas a autorización ambiental unificada o autorización ambiental unificada simplificada que puedan afectar a espacios de la Red Natura 2000.
Vigente
En el caso de las actuaciones descritas en la letra b) del apartado 2 del artículo 2 que puedan afectar a Espacios Protegidos Red Natura 2000, se actuará conforme a lo dispuesto en la disposición adicional séptima de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
Modificaciones
- Artículo modificado por Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía.
(BOJA de 16-02-2024) en vigor desde 16-03-2024