Articulo 8 Caza y gestión cinegética
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»Artículo 8. Especies cazables.
Vigente
En las órdenes anuales que dicte la consejería competente se determinarán cuáles de las especies cinegéticas podrán ser objeto de caza en la temporada cinegética correspondiente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-06-2022 en vigor desde 29-06-2022