Articulo 8 de se convocan las actividades de formación continua en materia de idiomas para el personal al servicio de la Administración
Octava. Superación de la actividad formativa.
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Para poder superar las actividades formativas, será necesario cumplir los siguientes requisitos:
a) Para las actividades presenciales y telepresenciales: la superación de una prueba de evaluación que se realizará al final de las mismas. Las pruebas se podrán desarrollar de manera descentralizada en las sedes que se determinen en el comienzo de cada actividad.
b) Para las actividades de teleformación:
- La adecuada realización de todas las actividades que el/la tutor/a proponga. Estas deben constar debidamente presentadas en los plazos estipulados en la programación didáctica del curso. La no superación de las actividades obligatorias supondrá la pérdida automática del derecho a participar en el examen final.
- La superación de una prueba de evaluación final.
Al inicio de la actividad formativa se publicará el correspondiente programa en la plataforma de teleformación y se indicarán las pruebas de evaluación previstas, así como las fechas en que estas tendrán lugar. En estas actividades las pruebas de evaluación finales serán en línea. La EGAP informará a través de su página web y también a través de la plataforma de teleformación de las fechas concretas y de las horas de la prueba final.
