Articulo 8 Cooperación entre órganos jurisdiccionales en la obtención de pruebas...ia civil o mercantil
Articulo 8 Cooperación entre órganos jurisdiccionales en la obtención de pruebas en materia civil o mercantil
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»Artículo 8. Efectos jurídicos de los documentos electrónicos
Vigente
No se denegarán efectos jurídicos a los documentos que se transmitan a través del sistema informático descentralizado, ni se considerarán inadmisibles como prueba en los procedimientos judiciales, por el mero hecho de que estén en formato electrónico.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-12-2020 en vigor desde 22-12-2020