Articulo 8 criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano
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»Artículo 8. Conducción del agua.
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1. Antes de su puesta en funcionamiento, se realizará un lavado y/o desinfección de las tuberías.
El material de construcción, revestimiento, soldaduras y accesorios no transmitirán al agua sustancias o propiedades que contaminen o empeoren la calidad del agua procedente de la captación.
2. En el caso que la conducción fuera abierta, el gestor de la misma deberá proceder a su cerramiento siempre que la autoridad sanitaria considere que existe un riesgo para la salud de la población.
