Articulo 8 Currículo básico de la ESO y del Bachillerato
- Norma derogada en todo lo que se refiera a la Educación Secundaria Obligatoria y, en particular, su capítulo II. - Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenacion y las enseñanzas minimas de la Educacion Secundaria Obligatoria.
Artículo 8. Participación de padres, madres y tutores legales en el proceso educativo.
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De conformidad con lo establecido en el artículo 4.2.e) de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, los padres, madres o tutores legales deberán participar y apoyar la evolución del proceso educativo de sus hijos o tutelados, así como conocer las decisiones relativas a la evaluación y promoción, y colaborar en las medidas de apoyo o refuerzo que adopten los centros para facilitar su progreso educativo, y tendrán acceso a los documentos oficiales de evaluación y a los exámenes y documentos de las evaluaciones que se realicen a sus hijos o tutelados, sin perjuicio del respeto a las garantías establecidas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y demás normativa aplicable en materia de protección de datos de carácter personal.
