Articulo 8 Defensa de la Autonomía Financiera de la Comunidad de Madrid
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»Artículo 8. Recargos sobre impuestos estatales
Vigente
En el ejercicio de la autonomía financiera en relación con los recargos sobre los impuestos estatales, en los términos que establezca la ley reguladora de los mismos, la Comunidad de Madrid podrá no establecer ningún recargo.