Articulo 8 Derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas
Ver Indice
»Artículo 8. Libertad personal.
Vigente
Los miembros de las Fuerzas Armadas sólo podrán ser privados de su libertad en los casos previstos por las leyes y en la forma en que éstas dispongan.

