Articulo 8 Desarrollo de la Ley 26/2006 en materia de información estadístico-contable y del negocio, y de competencia profesional
- Quedan sin aplicación los modelos de remisión de la documentación estadístico-contable de los corredores de seguros, corredores de reaseguros, agentes de seguros vinculados y operadores de banca- seguros vinculados previstos en los art. 7 y 9 y en los cuatro anexos del presente real decreto, conforme a lo indicado en la Orden ECM/1501/2024, de 23 de diciembre. - Orden ECM/1501/2024, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los modelos estadístico-contables de los corredores de seguros, corredores de reaseguros, agentes de seguros vinculados y operadores de banca-seguros.
Artículo 8. Obligaciones contables y deber de información de los agentes de seguros vinculados y de los operadores de banca-seguros vinculados.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Los agentes de seguros vinculados y los operadores de banca-seguros vinculados deberán remitir a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones la información contable y del negocio anual que incluirá datos referentes a la declaración de datos generales y requisitos del agente de seguros vinculado u operador de banca-seguros vinculado, estructura de la organización, programa de formación que se imparte a los empleados, las demás personas que participan en la mediación y los auxiliares externos, cartera de seguros intermediada y cuenta de pérdidas y ganancias.
2. (Suprimido)
3. Las comunidades autónomas remitirán cuando sea solicitada por el Ministerio de Economía y Hacienda, y en todo caso anualmente, la información contable y del negocio anual, relativa a los agentes de seguros vinculados y a los operadores de banca-seguros vinculados que sean de su competencia, manteniendo la necesaria colaboración entre la Administración del Estado y la de la comunidad autónoma. La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones establecerá la información o datos mínimos que deberán transmitir las comunidades autónomas.
- Artículo modificado por Real Decreto 633/2013, de 2 de agosto, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio y el Real Decreto 764/2010, de 11 de junio, por el que se desarrolla la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados en materia de información estadístico-contable y del negocio, y de competencia profesional.
(BOE de 31-08-2013) en vigor desde 01-09-2013
