Articulo 8 Desarrollo de ...s técnicos

Articulo 8 Desarrollo de la Ley 4/2007, de coordinación de policías locales, en materia de uniformidad, acreditación y medios técnicos

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Artículo 8. Deberes en el uso y cuidado de la uniformidad.

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El personal de los cuerpos de policía local está obligado a cuidar y conservar las piezas de uniformidad que le hubiesen sido entregadas, procurando mantenerlas en buen estado, habida cuenta de lo dispuesto en los apartados d) y f) del artículo 81, así como en el artículo 80 o) de la Ley 4/2007 ya citada.