Articulo 8 Desarrollo de previsiones sobre Organización Administrativa contenidas en la Ley de Caza de Cantabria
Artículo 8. Composición.
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La Comisión Regional de Homologación de Trofeos de Caza estará integrada por.
a) Tres funcionarios de la Consejería competente en la materia.
b) Dos funcionarios del Cuerpo de Técnicos Auxiliares del Medio Natural.
c) Un representante de las entidades colaboradoras a que se refiere el artículo 8.2 de la Ley 12/2006, de 17 de julio, de Caza de Cantabria.
d) Un representante de la Federación Cántabra de Caza
e) Una persona de reconocido prestigio y conocimiento en temas de caza mayor y homologación de trofeos de caza.
f) Un secretario, con voz pero sin voto, que podrá ser un miembro del propio órgano o una persona al servicio de la Administración Pública correspondiente, tal y como establecen el artículo 25 de la Ley 30/1992 y la Ley de Cantabria 6/2002.
