Articulo 8 Determinación de precios y rentas máximas de VPO y canon de alojamientos dotacionales
Articulo 8 Determinación de precios y rentas máximas de VPO y canon de alojamientos dotacionales
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»Artículo 8.- Precio de referencia de las viviendas de protección social de régimen general propiedad plena.
Vigente
1.- En los municipios incluidos en el Anexo I.1: 1.808,53 euros/m2útil.
2.- En los municipios incluidos en el Anexo I.2: 1.718,28 euros/m2útil.
3.- En el resto de municipios: 1.552,19 euros/m2útil.
4.- El precio máximo por m2útil de los anejos resultará de multiplicar por 0,40 el precio de referencia.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 14-07-2022 en vigor desde 15-07-2022