Articulo 8 Educación de Cataluña
Artículo 8. Definición, ámbito y mapa del sistema educativo
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1. El sistema educativo comprende las enseñanzas reguladas en el título V, los centros que las imparten y los servicios educativos, sean cuales sean los destinatarios de la enseñanza, la titularidad del centro y su sistema de financiación.
2. El mapa escolar es el instrumento que refleja la oferta del sistema educativo y la actividad educativa no universitaria, y es la base a partir de la cual debe elaborarse la programación a que se refiere el artículo 44. La información que contiene el mapa debe actualizarse regularmente.
3. El Gobierno debe regular las características y el procedimiento de elaboración y revisión del mapa escolar, en relación con todas las enseñanzas y servicios educativos que regula la presente ley.
