Articulo 8 el que se establece la uniformidad de las Policias Locales
- Norma vigente en lo que no se oponga a lo establecido en la Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía. - Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía.
Artículo 8. Modalidad de invierno.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El uniforme básico en la modalidad de invierno lo integralas siguientes prendas.
1. Personal femenino:
Gorra de plato y de tipo béisbol.
Guerrera.
Cazadora.
Pantalón y falda pantalón de invierno.
Jersey o suéter polar.
Chaquetón y cubre-pantalón.
Camisa de manga larga.
Polo de manga larga
Corbata.
Medias-panty y calcetines.
Zapatos y botas.
Cinturón con fundas para el cargador, la defensa y los grilletes y funda anti-hurto para el arma reglamentaria.
2. Personal masculino:
Gorra de plato y de tipo béisbol.
Guerrera.
Cazadora.
Pantalón de invierno.
Jersey o suéter polar.
Chaquetón y cubre-pantalón.
Camisa de manga larga.
Polo de manga larga.
Corbata.
Calcetines.
Zapatos y botas.
Cinturón con fundas para el cargador, la defensa y los grilletes y funda anti-hurto para el arma reglamentaria.
