Articulo 8 Gestión Integrada de la Calidad Ambiental
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Artículo 8. Informe sobre el estado del medio ambiente.

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1. La Consejería competente en materia de medio ambiente elaborará y publicará cada año un informe de carácter completo sobre el estado del medio ambiente en la Comunidad Autónoma.

2. A los efectos de lo establecido en el apartado anterior, las Administraciones públicas, organismos y demás entes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía facilitarán los datos ambientales de que dispongan a la Consejería competente en materia de medio ambiente y se arbitrarán los mecanismos de colaboración y financiación necesarios para hacer efectivo el flujo de información.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-07-2007 en vigor desde 20-01-2008