Articulo 8 para la igualdad de mujeres y hombres -Derogada-
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»Artículo 8. Informe sobre el impacto de género en la elaboración de los reglamentos.
Vigente
1. Los reglamentos con repercusión en cuestiones de género elaborados por la Xunta de Galicia también exigirán, antes de su aprobación, la emisión de un informe sobre su impacto de género elaborado por el Servicio Gallego de Promoción de la Igualdad del Hombre y de la Mujer.
2. Dicho informe no será vinculante.

