Articulo 8 Impuesto sobre la Renta de no Residentes de Bizkaia
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»Artículo 8.- Individualización de rentas.
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A los contribuyentes personas físicas les será de aplicación lo dispuesto en el artículo 12 de la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre individualización de rentas.
