Articulo 8 Impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público
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»Artículo 8. Creación del registro contable de facturas.
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1. Cada uno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de esta Ley, dispondrán de un registro contable de facturas que facilite su seguimiento, cuya gestión corresponderá al órgano o unidad administrativa que tenga atribuida la función de contabilidad.
2. Dicho registro contable de facturas estará interrelacionado o integrado con el sistema de información contable.
