Articulo 8 para Instrucci... licencias

Articulo 8 para Instrucciones sobre el régimen de vacaciones, permisos y licencias

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Octava. Permiso para concurrir a exámenes finales, pruebas definitivas de aptitud y pruebas selectivas en el ámbito del empleo público (artículo 111 de la Ley 2/2015, de 29 de abril)

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1. El personal funcionario y el personal laboral tienen derecho a un permiso para concurrir a exámenes finales u otras pruebas definitivas de aptitud, así como para concurrir a pruebas selectivas en el ámbito del empleo público. La duración de este permiso abarcará los días de su realización.

2. A los efectos de este permiso, se entiende por «exámenes finales u otras pruebas definitivas de aptitud» aquellas tendentes a la obtención de un título académico o profesional.

No están incluidos exámenes o pruebas de aptitud de otro carácter, como los que se realicen para obtener permisos de conducción de vehículos o similares.

Asimismo, tampoco se consideran incluidas en este permiso las pruebas que se hacen en los cursos de formación del personal, teniendo éstas la consideración de ausencia justificada por el tiempo necesario para su realización.

3. En caso de que se trate de pruebas selectivas en el ámbito del empleo público y éstas se celebren fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia, podrá facilitarse, además, el tiempo indispensable para el desplazamiento, valorando las circunstancias del caso concreto el órgano de personal competente.