Articulo 8 Intercambio de...s en la UE

Articulo 8 Intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la UE

Ver Indice
»

Artículo 8. Plazos para las notificaciones.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Las notificaciones de las condenas penales relativas a nacionales de los países miembros de la Unión Europea dictadas por los Jueces y Tribunales españoles se comunicarán cuanto antes y como máximo en el plazo de dos meses contados a partir del momento en que hayan sido remitidas al Registro Central de Penados.