Articulo 8 Junta de Contratación Pública y procedimientos y registros a su cargo
Artículo 8. Solicitud de Informes.
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Serán órganos competentes para formular solicitud de informe a la Junta:
a) Los Consejeros, en representación del Departamento de la Administración de la Comunidad Foral del que sean titulares y de los organismos públicos, sociedades públicas y fundaciones del sector público que tengan adscritos o bajo su tutela.
b) Los órganos de gobierno de las Entidades Locales, en el ámbito de sus competencias.
c) El Rector de la Universidad Pública de Navarra.
d) El Presidente u órgano equivalente de las organizaciones empresariales representadas en la Junta.
e) El Presidente del Parlamento de Navarra.
f) El Presidente de la Cámara de Comptos.
g) El órgano de contratación, en los supuestos expresamente previstos en la Ley Foral de Contratos Públicos.

