Articulo 8 Junta Superior de Contratación Administrativa, Registro Oficial de Contratos, Registro de contratistas y empresas clasificadas y Central de Compras
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»Artículo 8. Régimen de funcionamiento de la Junta Superior de Contratación Administrativa y suplencias
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1. La organización y funcionamiento de la Junta se ajustará a lo dispuesto en su reglamento de régimen interno, aprobado por orden de la conselleria competente en materia de hacienda, a propuesta de dicho órgano colegiado, a propuesta del Pleno de la Junta Superior de Contratación Administrativa.
2. La convocatoria de los órganos de la Junta, así como su régimen de constitución, de adopción de acuerdos y celebración de sesiones, se ajustará a lo que establece el reglamento de régimen interno y, en lo no previsto en el mismo, en lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. Se podrán utilizar medios telemáticos a tales fines.
