Articulo 8 Juventud de La Rioja
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Artículo 8. Vivienda.

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1. La Comunidad Autónoma de La Rioja, a fin de garantizar el derecho a la autonomía y la emancipación plena de las personas jóvenes, desarrollara una política activa de acceso de la juventud a una vivienda digna y asequible, atendiendo a los perfiles específicos de la juventud y a esta en su diversidad, mediante el desarrollo del derecho subjetivo a la vivienda a través de planes específicos y de programas de actuación en los que se dé audiencia a las personas jóvenes a través de sus órganos de participación juvenil.

La actuación política de la Comunidad Autónoma de La Rioja favorecerá paliar las especiales dificultades, fundamentalmente de índole económica, que enfrentan las personas jóvenes, procurándoles condiciones de acceso más beneficiosas que las del mercado libre.

2. La consejería competente en materia de vivienda, con el fin de propiciar la emancipación plena de las personas jóvenes riojanas, impulsara medidas que faciliten el acceso de la juventud a una vivienda en cualquiera de las formas que permite el mercado, de manera que se favorezca su autonomía y se facilite su independencia.

En particular, la aprobación de los programas y planes deberán incluir formulas dignas de alquiler para las personas jóvenes, incluyendo el aumento del parque público de vivienda en alquiler y la movilización de vivienda vacía, adaptando programas específicos dirigidos a las diferentes realidades juveniles. Todo ello, con particular atención a aquellas personas con situaciones socioeconómicas que impiden su acceso a una vivienda de alquiler en el mercado privado.

3. La Comunidad Autónoma de La Rioja fomentara alojamientos dotacionales con carácter temporal y viviendas comunitarias para jóvenes, así como el cooperativismo juvenil y social en este ámbito. Asimismo, impulsara medidas para asegurar a las personas jóvenes con discapacidad o diversidad funcional su derecho a una vivienda digna, adecuada y accesible.

4. Todas estas actuaciones deberán contar con medidas específicas que aborden el reto demográfico y la despoblación en el medio rural riojano.

5. El Consejo de la Juventud de La Rioja tendrá representación en el Consejo de Administración del Instituto Riojano de la Vivienda de La Rioja con el fin de que se atiendan las necesidades de las personas jóvenes en todo el territorio de La Rioja.