Articulo 8 Medidas de capacitación lingüística para la recuperación del uso del ...e la función pública
Articulo 8 Medidas de capacitación lingüística para la recuperación del uso del catalán en el ámbito de la función pública
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»Artículo 8
Vigente
Se modifica la letra g) del apartado 1 del artículo 124 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears, que queda con la redacción siguiente:
g) Conocer las lenguas oficiales en el nivel que se determine reglamentariamente, y facilitar a los ciudadanos y a las ciudadanas el ejercicio del derecho de utilizarlas en las relaciones con la administración autonómica.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-04-2016 en vigor desde 13-04-2016