Artículo 8 Medidas Fiscal...a La Rioja

Artículo 8 Medidas Fiscales y Administrativas 2026 para La Rioja

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Artículo 8. Modificación de la Ley 7/2023, de 20 de abril, de igualdad efectiva de mujeres y hombres de La Rioja.

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Uno. Se da nueva redacción a los párrafos a), b) y d) del apartado 2 del artículo 12, en los siguientes términos:

2. Serán funciones del Consejo:

a) Ejercer funciones consultivas respecto de las Administraciones públicas de La Rioja acerca de las líneas de actuación de las políticas de igualdad e informar sobre las disposiciones normativas, planes o programas de aplicación general que estén relacionados de forma directa con la igualdad de mujeres y hombres, previo requerimiento de los órganos competentes en la materia, y al objeto de formular propuestas al respecto.

b) Fomentar la participación del movimiento asociativo de mujeres de La Rioja en la planificación, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas de igualdad de mujeres y hombres .

d) Conocer el Plan Estratégico para la Igualdad de Mujeres y Hombres de La Rioja con carácter previo a su aprobación por el Consejo de Gobierno .

Dos. El apartado 3 del artículo 18 queda redactado del siguiente modo:

3. El Gobierno de La Rioja aprobará el Plan Estratégico para la Igualdad de Mujeres y Hombres de La Rioja, previo conocimiento del Consejo de Participación para la Igualdad, y lo remitirá al Parlamento de La Rioja para su debate y aprobación final .