Articulo 8 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat
Articulo 8 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 8
Vigente
Se modifica el apartado 3 del artículo 82 de la Ley 2/2014, de 13 de junio, de puertos de la Generalitat, que queda redactado como sigue:
«Artículo 82. Bonificaciones
[...]
3. Las autorizaciones para el ejercicio de actividades que sean de interés educativo, investigador, cultural, social o deportivo solicitadas por administraciones públicas, cuya duración se prevea inferior a siete días, estarán exentas del pago de la correspondiente tasa.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2017 en vigor desde 01-01-2018