Articulo 8 Medidas de prevención frente a la Covid
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»Octavo. Efectos
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Las medidas recogidas como anexos al presente acuerdo, que será objeto de publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, tienen carácter temporal y producirán efectos a partir del día 21 de junio de 2020 y hasta la finalización de la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, en función de la evolución de los indicadores sanitarios y epidemiológicos. (NOTA: Se prorrogan las medidas contenidas en el presente acuerdo)
València, 19 de junio de 2020
El president de la Generalitat,
XIMO PUIG I FERRER
La consellera de Justícia, Interior y Administración Pública,
GABRIELA BRAVO SANESTANISLAO
La consellera de Sanidad Universal y Salud Pública,
ANA BARCELÓ CHICO
Modificaciones
- Artículo modificado (Octavo (se prorroga)) por RESOLUCIÓN de 25 de febrero de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerdan nuevas medidas, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19. [2021/1854]
(GV de 26-02-2021) en vigor desde 01-03-2021
