Articulo 8 medidas tenden... Autónomos

Articulo 8 medidas tendentes a la accesibilidad universal en la atención a los ciudadanos dispensada por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus Organismos Autónomos

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Artículo 8. Pavimentación de las Oficinas de Atención al Ciudadano.

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Las características que los pavimentos que se utilicen en la totalidad de la superficie que comprenda la oficina de atención al ciudadano deben cumplir son su estabilidad y dureza, su capacidad antideslizamiento en seco y en mojado, ausencia de rugosidades distintas de la propia pieza, ausencia de deslumbramientos y reflejos y correcta transmisión de información y su facilidad de limpieza, teniendo en consideración las siguientes características técnicas.

a) El pavimento que se utilice en la totalidad de la superficie que comprenda la oficina administrativa debe ser estable y duro, sin contener elementos sueltos, y resultar suficientemente resistente como para permitir la circulación y arrastre de elementos pesados, sillas de ruedas o vehículos rodantes para el transporte de personas con discapacidad sin que se produzcan deformaciones.

b) Los pavimentos utilizados en las superficies previstas para deambular en la totalidad de la superficie que comprenda la oficina no deben ser deslizantes.

c) Del mismo modo, el pavimento utilizado en escaleras y rampas no debe ser deslizante. Se deberá colocar en la huella, en todos los escalones, una banda antideslizante de 5 cm de anchura ubicada a 3 cm del borde, diferenciada en color y textura del resto del pavimento. Las bandas no deben sobresalir a fin de evitar tropiezos. Para facilitar la localización y acceso a las escaleras, se debe colocar, antes del primer escalón y después del último, una franja señalizadora de textura y color contrastado de, al menos, 60 cm de fondo. También deberá instalarse pasamanos en los itinerarios escalonados o en pendiente, al menos, a un lado de todos los tramos de las escaleras y rampas; el pasamanos deberá ser fácilmente localizable visualmente por su contraste, así como tener una superficie y forma adecuada que permita a los usuarios el agarre y adecuado deslizamiento; los pasamanos estarán a una altura comprendida entre 85 y 100 cm por encima de la línea de pendiente y dejar un espacio libre de 4 cm. con respecto a la pared y deberán tener una prolongación horizontal mínima de 30 cm, tanto desde el borde del primer peldaño como desde el del último de cada tramo.

d) Todos los elementos utilizados para cubrir pavimentos, como alfombras y moquetas, entre otros, deben permanecer fijos al suelo, de modo que no puedan deslizarse sobre éste. No deben impedir el correcto desplazamiento de elementos rodantes. También debe evitarse la formación de bolsas de aire entre el suelo y estos elementos, así como el levantamiento de sus bordes, con el fin de evitar que los usuarios puedan tropezar y caer.

e) La superficie del pavimento debe ser uniforme y estar exenta de irregularidades que dificulten las operaciones de andar, rodar o mover objetos preparados para ello (sillas de ruedas, carros o similares).

f) Todas las aberturas y huecos practicados en el suelo (salidas de aire y análogas) deben disponer de los correspondientes elementos de cierre situados al mismo nivel que el suelo contiguo y fabricados con materiales que ofrezcan resistencia suficiente a la deformación bajo la acción de pisadas, elementos de apoyo o ruedas. Las aberturas y agujeros que pudieran existir en las superficies previstas para andar (tapas, rejillas, entarimados o similares) no deben representar un riesgo frente al atrapamiento, incluidos los elementos habituales de apoyo (bastones, muletas, andadores), ni oponer resistencia a la rodadura. La dimensión de los huecos de estos elementos deberá ser la adecuada para impedir la introducción y encallamiento de conteras de bastones, muletas u otros análogos.

g) El pavimento que se utilice en la totalidad de la superficie que comprenda la oficina de atención al ciudadano debe evitar el deslumbramiento indirecto de los usuarios por reflexión de las fuentes de luz existentes y también aquellos reflejos que puedan producir confusión o desorientación. Para ello debe evitarse la utilización de suelos brillantes, espejados o muy pulimentados.