Artículo 8 Modelo 198 Dec...de Navarra

Artículo 8. Reglas aplicables al suministro informativo en el modelo 198, en el supuesto de que existan varios declarados titulares del mismo activo financiero o valor mobiliario.

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Artículo 8. Reglas aplicables al suministro informativo en el modelo 198, en el supuesto de que existan varios declarados titulares del mismo activo financiero o valor mobiliario.

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Exclusivamente a los efectos del suministro informativo del modelo 198 en aquellos supuestos en que existan varios titulares del mismo activo financiero o valor mobiliario, los sujetos obligados deberán realizar el citado suministro informativo individualizando los datos económicos correspondientes a cada uno de los cotitulares. Esta individualización se realizará de acuerdo con la proporción de participación de cada uno de los cotitulares que conste de manera fehaciente al obligado. En defecto de constancia fehaciente, la proporción de participación se deberá atribuir a cada uno de los cotitulares, a los citados efectos informativos, por partes iguales.

(NOTA: Artículo aplicable, por primera vez, a las declaraciones que se presenten a partir del día 1 de enero de 2022, en relación con la información correspondiente al año 2021)